artículos restringidos
Gestión de artículos de uso restringido: Garantizar la seguridad y la conformidad
Artículos restringidos
Por la seguridad de nuestros pasajeros, la tripulación y la aeronave, los siguientes artículos están prohibidos o restringidos en todos los vuelos de Ceiba Intercontinental. Asegúrese de no llevar los artículos especificados en esta lista en su equipaje de mano o facturado. Los artículos medicinales están exentos de estas prohibiciones para los pasajeros que posean una receta con una etiqueta auténtica impresa profesionalmente que identifique el consultorio médico, la farmacia o el fabricante del medicamento.
Obligación de llevar equipaje de mano
Sin perjuicio de las normas de seguridad aplicables, los pasajeros no están autorizados a transportar los siguientes artículos en las zonas restringidas de seguridad o a bordo de un avión, ni en su persona ni en el equipaje de mano:
- (1) Pistolas, armas de fuego y otros artefactos que descargan proyectiles – artefactos capaces, o que parecen capaces, de ser utilizados para causar lesiones graves mediante la descarga de un proyectil, incluyendo:
- Armas de fuego de todo tipo, como pistolas, revólveres, rifles, escopetas
- Armas de juguete, réplicas e imitaciones de armas de fuego que puedan confundirse con armas reales
- Componentes de armas de fuego, excepto miras telescópicas
- Pistolas de aire comprimido y CO2, como pistolas, pistolas de perdigones, rifles y pistolas de balines
- Pistolas de bengalas de señales y pistolas de arranque
- Arcos, ballestas y flechas
- Arpones y fusiles submarinos
- Tirachinas y catapultas
- (2) Stunning devices – devices designed specifically to stun or immobilize, including:
- Dispositivos para provocar descargas eléctricas, como pistolas aturdidoras, pistolas paralizantes y porras aturdidoras, WWHIPS
- Aturdidores y asesinos de animales
- Productos químicos, gases y aerosoles incapacitantes e incapacitantes, como la maza, los aerosoles de pimienta, los aerosoles de capsicum, los gases lacrimógenos, los aerosoles ácidos y los aerosoles repelentes de animales.
- (3) Objetos con punta o borde afilado: objetos con punta o borde afilado que puedan utilizarse para causar lesiones graves, incluidos:
- Artículos diseñados para cortar, como hachas, hachuelas y cuchillas.
2. Piolets y picos para hielo
3. Cuchillas de afeitar
4. Cúteres
5. Cuchillos con hojas de más de 6 cm
6. Tijeras con hojas de más de 6 cm medidas desde el punto de apoyo
7. Equipo para artes marciales con punta afilada o filo cortante
8. Espadas y sables - (4) Herramientas de trabajo: herramientas que pueden utilizarse para causar lesiones graves o poner en peligro la seguridad de las aeronaves, incluidas:
- Palancas
2. Taladros y brocas, incluidos los taladros eléctricos portátiles sin cable
3. Herramientas con una hoja o un vástago de más de 6 cm que puedan utilizarse como arma, como destornilladores y cinceles
4. Sierras, incluidas las sierras eléctricas portátiles sin cable
5. Sopletes
6. Pistolas de pernos y clavos - (5) Instrumentos contundentes: objetos capaces de causar lesiones graves cuando se utilizan para golpear, incluidos:
1. bates de béisbol/cricket y softball, palos de golf, palos de hokey, tacos de billar
2. palos y porras, como porras, cachiporras y palos de noche equipos de artes marciales - – (6) Explosivos y sustancias y dispositivos incendiarios: explosivos y sustancias y dispositivos incendiarios que puedan o parezcan poder utilizarse para causar lesiones graves o suponer una amenaza para la seguridad de las aeronaves, incluidos
1. municiones
2. detonadores
3. detonadores y mechas
4. réplicas o imitaciones de artefactos explosivos
5. minas, granadas y otros artefactos militares explosivos
6. fuegos artificiales y otros artículos pirotécnicos
7. botes generadores de humo y cartuchos generadores de humo
8. dinamita, pólvora y explosivos plásticos
– (7) Ceiba Intercontinental también prohíbe cualquier otro artículo, que en la contemplación razonable del administrador del aeródromo o del operador de la aeronave pueda ser utilizado o adaptado para causar lesiones o incapacitar a una persona.
– (8) Tenga en cuenta que todos los artículos prohibidos anteriormente mencionados serán confiscados en la puerta de embarque por las autoridades locales y, dependiendo de las normas y reglamentos locales, es posible que no se le devuelvan los artículos. Las Mercancías Peligrosas o Materiales Peligrosos (HAZMAT) son artículos o sustancias que pueden suponer un riesgo para la salud, la seguridad, la propiedad o el medio ambiente y se clasifican como sigue:
1. 1. Explosivos
2. Gases
3. Líquidos inflamables
4. Sólidos inflamables
5. Sustancias oxidantes y peróxidos orgánicos
6. Sustancias Tóxicas e Infecciosas
7. 7. Material radiactivo
8. Corrosivos
9. Sustancias y objetos peligrosos varios, incluidos los ecológicos
Para su seguridad, CEIBA INTERCONTINENTAL no permitirá llevar estas mercancías peligrosas como equipaje facturado, equipaje de mano y en persona en todos los vuelos CEIBA INTERCONTINENTAL a menos que Ceiba Intercontinental apruebe llevar los artículos restringidos a bordo de la aeronave.