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Gestión de artículos de uso restringido: Garantizar la seguridad y la conformidad

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Artículos restringidos

Por la seguridad de nuestros pasajeros, la tripulación y la aeronave, los siguientes artículos están prohibidos o restringidos en todos los vuelos de Ceiba Intercontinental. Asegúrese de no llevar los artículos especificados en esta lista en su equipaje de mano o facturado. Los artículos medicinales están exentos de estas prohibiciones para los pasajeros que posean una receta con una etiqueta auténtica impresa profesionalmente que identifique el consultorio médico, la farmacia o el fabricante del medicamento.

Obligación de llevar equipaje de mano

Sin perjuicio de las normas de seguridad aplicables, los pasajeros no están autorizados a transportar los siguientes artículos en las zonas restringidas de seguridad o a bordo de un avión, ni en su persona ni en el equipaje de mano:

 

  • (1) Pistolas, armas de fuego y otros artefactos que descargan proyectiles – artefactos capaces, o que parecen capaces, de ser utilizados para causar lesiones graves mediante la descarga de un proyectil, incluyendo:
    1. Armas de fuego de todo tipo, como pistolas, revólveres, rifles, escopetas
    2. Armas de juguete, réplicas e imitaciones de armas de fuego que puedan confundirse con armas reales
    3. Componentes de armas de fuego, excepto miras telescópicas
    4. Pistolas de aire comprimido y CO2, como pistolas, pistolas de perdigones, rifles y pistolas de balines
    5. Pistolas de bengalas de señales y pistolas de arranque
    6. Arcos, ballestas y flechas
    7. Arpones y fusiles submarinos
    8. Tirachinas y catapultas
  • (2) Stunning devices – devices designed specifically to stun or immobilize, including:
    1. Dispositivos para provocar descargas eléctricas, como pistolas aturdidoras, pistolas paralizantes y porras aturdidoras, WWHIPS
    2. Aturdidores y asesinos de animales
    3. Productos químicos, gases y aerosoles incapacitantes e incapacitantes, como la maza, los aerosoles de pimienta, los aerosoles de capsicum, los gases lacrimógenos, los aerosoles ácidos y los aerosoles repelentes de animales.
  • (3) Objetos con punta o borde afilado: objetos con punta o borde afilado que puedan utilizarse para causar lesiones graves, incluidos:
    1.  Artículos diseñados para cortar, como hachas, hachuelas y cuchillas.
      2. Piolets y picos para hielo
      3. Cuchillas de afeitar
      4. Cúteres
      5. Cuchillos con hojas de más de 6 cm
      6. Tijeras con hojas de más de 6 cm medidas desde el punto de apoyo
      7. Equipo para artes marciales con punta afilada o filo cortante
      8. Espadas y sables
  • (4) Herramientas de trabajo: herramientas que pueden utilizarse para causar lesiones graves o poner en peligro la seguridad de las aeronaves, incluidas:
    1. Palancas
      2. Taladros y brocas, incluidos los taladros eléctricos portátiles sin cable
      3. Herramientas con una hoja o un vástago de más de 6 cm que puedan utilizarse como arma, como destornilladores y cinceles
      4. Sierras, incluidas las sierras eléctricas portátiles sin cable
      5. Sopletes
      6. Pistolas de pernos y clavos
  •  (5) Instrumentos contundentes: objetos capaces de causar lesiones graves cuando se utilizan para golpear, incluidos:
    1. bates de béisbol/cricket y softball, palos de golf, palos de hokey, tacos de billar
    2. palos y porras, como porras, cachiporras y palos de noche equipos de artes marciales
  • – (6) Explosivos y sustancias y dispositivos incendiarios: explosivos y sustancias y dispositivos incendiarios que puedan o parezcan poder utilizarse para causar lesiones graves o suponer una amenaza para la seguridad de las aeronaves, incluidos
    1. municiones
    2. detonadores
    3. detonadores y mechas
    4. réplicas o imitaciones de artefactos explosivos
    5. minas, granadas y otros artefactos militares explosivos
    6. fuegos artificiales y otros artículos pirotécnicos
    7. botes generadores de humo y cartuchos generadores de humo
    8. dinamita, pólvora y explosivos plásticos
    – (7) Ceiba Intercontinental también prohíbe cualquier otro artículo, que en la contemplación razonable del administrador del aeródromo o del operador de la aeronave pueda ser utilizado o adaptado para causar lesiones o incapacitar a una persona.
    – (8) Tenga en cuenta que todos los artículos prohibidos anteriormente mencionados serán confiscados en la puerta de embarque por las autoridades locales y, dependiendo de las normas y reglamentos locales, es posible que no se le devuelvan los artículos. Las Mercancías Peligrosas o Materiales Peligrosos (HAZMAT) son artículos o sustancias que pueden suponer un riesgo para la salud, la seguridad, la propiedad o el medio ambiente y se clasifican como sigue:
    1. 1. Explosivos
    2. Gases
    3. Líquidos inflamables
    4. Sólidos inflamables
    5. Sustancias oxidantes y peróxidos orgánicos
    6. Sustancias Tóxicas e Infecciosas
    7. 7. Material radiactivo
    8. Corrosivos
    9. Sustancias y objetos peligrosos varios, incluidos los ecológicos

    Para su seguridad, CEIBA INTERCONTINENTAL no permitirá llevar estas mercancías peligrosas como equipaje facturado, equipaje de mano y en persona en todos los vuelos CEIBA INTERCONTINENTAL a menos que Ceiba Intercontinental apruebe llevar los artículos restringidos a bordo de la aeronave.